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    <fecha_publicacion>2011/01/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Demanda 959 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>13</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 110 
 Demanda 959 de 2009 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 959 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Vega Ruiz, contra la empresa “Hidro Venturi, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 309 de 2010
  En Madrid, a 1 de julio de 2010..Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Francisco Javier Vega Ruiz, que comparece asistido por la letrada doña María Isabel Rodríguez Conejero, y de otra, como demandados, “Hidro Venturi, Sociedad Limitada”; don Martín Delgado Coque (administrador concursal), que comparece representado por don Eduardo Ortega Lozano, y ministerio fiscal, que no comparece, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Francisco Javier Vega Ruiz, frente a la empresa “Hidro Venturi, Sociedad Limitada”, y don Martín Delgado Coque (administrador concursal), debo:
  1.o  Declarar improcedente el despido practicado con efectos de 5 de junio de 2009.
  2.o  Declarar extinguida la relación laboral con efectos de 1 de julio de 2010.
  3.o  Condenar a la empresa “Hidro Venturi, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a don Francisco Javier Vega Ruiz la cantidad de 47.607,38 euros en concepto de indemnización y la de 31.416,85 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido (5 de junio de 2009) hasta la de la extinción de la relación laboral (1 de julio de 2010).
  4.o  Condenar al administrador del concurso, don Martín Delgado Coque, a estar y pasar por tal declaración.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hidro Venturi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/48.173/10)</texto>
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