<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110114-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Madrid. Organización y funcionamiento. Pleno del Ayuntamiento. Ordenanza mercados municipales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>11</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-01-14-11070120110053</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/14/BOCM-20110114-80.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/14/BOCM-20110114-80.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/14/BOCM-20110114-80.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Pleno del Ayuntamiento - Secretaría General</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
 80 
 Ordenanza mercados municipales 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar la Ordenanza de Mercados Municipales, que se acompaña al presente acuerdo.
  Segundo..Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID este acuerdo y la ordenanza que constituye su objeto.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3.e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capacidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza de Mercados Municipales.
  Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
   							Ver en documento PDF 						 
  Madrid, a 22 de diciembre de 2010..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (03/48.752/10)</texto>
</documento>