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    <fecha_publicacion>2011/01/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Navacerrada. Régimen económico. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 127 
 Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos 
  El Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2010, adoptó acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por documentos que expida o de que entienda la Administración o las autoridades municipales, a instancia de parte:
  Art. 7.
  Certificaciones expedidas por el secretario, independientemente de su naturaleza y contenido: 3,30 euros.
  Por tramitación de expediente de cambio de nombre de establecimientos industriales o comerciales: 42,96 euros.
  Carnés expedidos por el Ayuntamiento: 1,30 euros.
  Bastanteo de poderes: 16,55 euros.
  Duplicado del pago de impuestos: 1,30 euros.
  Fotocopias A4: 0,07 euros.
  Fotocopias A3: 0,14 euros.
  Impresión de documentos: 0,20 euros.
  Compulsa de documentos: 2 euros por la primera hoja, y por cada hoja adicional: 0,17 euros.
  Volantes emitidos por el Ayuntamiento, independientemente de su naturaleza y contenido: 2 euros.
  Finalizado el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación provisional, se eleva este a definitivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  Navacerrada, a 23 de diciembre de 2010..El alcalde, Pablo Jorge Herrero.
  (03/267/11)</texto>
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