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    <fecha_publicacion>2011/01/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Procedimiento ordinario 1.063 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 97 
 Procedimiento ordinario 1.063 de 2008 
  En los autos de referencia se ha dictado la resolución, cuyo encabezado y parte dispositiva dicen:
  Sentencia
  En Madrid, a 9 de septiembre de 2010..Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid, vistos los autos de juicio ordinario sobre resolución de contrato de suministro y reclamación de cantidad, tramitados con el número 1.063 de 2008 y seguidos a instancias de “Segafredo Zanetti España, Sociedad Anónima”, contra don Alberto Murroni y “Vesna Art, Sociedad Limitada”, ambos declarados en situación procesal de rebeldía.
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por la procuradora doña María Rita Sánchez Díaz, en nombre y representación de “Segafredo Zanetti España, Sociedad Anónima”, contra don Alberto Murroni y “Vesna Art, Sociedad Limitada”, resuelvo haber lugar a la misma, y en su virtud:
  1.  Declaro resuelto el contrato de fecha 17 de octubre de 2002 que unía a las partes.
  2.  Condeno a ambos demandados solidariamente a pagar a la actora la cantidad de 4.336,47 euros, más sus intereses legales.
  3.  Condeno a la codemandada “Vesna Art, Sociedad Limitada”, a pagar a la actora la cantidad de 140,59 euros, más sus intereses legales.
  4.  Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo..Rafael Fluiters Casado (firmado y rubricado).
  Y para que sirva de notificación en forma a los demandados don Alberto Murroni y “Vesna Art, Sociedad Limitada”, en situación de rebeldía procesal e ignorado paradero, extiendo y firmo la presente cédula en Madrid, a 9 de septiembre de 2010..El secretario (firmado).
  (02/11.201/10)</texto>
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