<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110113-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ROBLEDO DE CHAVELA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Robledo de Chavela. Régimen económico. Transferencia créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>10</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-01-13-10110120110021</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/13/BOCM-20110113-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/13/BOCM-20110113-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/13/BOCM-20110113-83.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ROBLEDO DE CHAVELA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 83 
 Transferencia créditos 
  El Pleno del Ayuntamiento de Robledo de Chavela, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de diciembre de 2010, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre partidas de gastos del mismo grupo de función o que afecten a bajas y altas de créditos de personal referente al presupuesto 2007, de acuerdo al siguiente detalle:
   							Ver en documento PDF 						 
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Robledo de Chavela, a 24 de diciembre de 2010..El alcalde, Mario A. de la Fuente Estévez.
  (03/48.701/10)</texto>
</documento>