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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/01/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Manzanares el Real. Urbanismo. Ordenanza protección afección castillo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANZANARES EL REAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL 
 URBANISMO
 
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 Ordenanza protección afección castillo 
  El Pleno del Ayuntamiento de Manzanares el Real, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de diciembre de 2010, acordó la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de condiciones morfológicas y de posición en la zona 1, grado 1 de protección, afección del Castillo, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículo 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que se estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Manzanares el Real, a 10 de diciembre de 2010..El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.
  (03/48.585/10)</texto>
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