<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110113-59</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>CUBAS DE LA SAGRA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Cubas de la Sagra. Régimen económico. Ordenanza fiscal enseñanzas especiales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>10</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-01-13-10050120110188</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/13/BOCM-20110113-59.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/13/BOCM-20110113-59.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/13/BOCM-20110113-59.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cubas de la Sagra</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 59 
 Ordenanza fiscal enseñanzas especiales 
  El Pleno del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de septiembre de 2010, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por enseñanzas especiales en establecimientos docentes.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Cubas de la Sagra, a 22 de diciembre de 2010..El alcalde, Federico Zarza Núñez.
  (03/48.599/10)</texto>
</documento>