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    <departamento>Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 5 de julio de 2010, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Agricultores y Ganaderos Independientes de Madrid, AGIM-COAG (número de depósito 1825)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN 
 
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 RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2010, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Agricultores y Ganaderos Independientes de Madrid, AGIM-COAG (número de depósito 1825). 
  Visto el escrito presentado por don José Carlos Velasco Fernández y doña Ivanna Martínez Baquero, en calidad de Presidente y Secretaria, respectivamente, de la Asociación de Agricultores y Ganaderos Independientes de Madrid (AGIM-COAG) y teniendo en cuenta los siguientes:
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Que se ha recibido en la Oficina de Depósito de Estatutos de este Centro Directivo, escrito de la citada Asociación, por el que solicitaba el depósito de la modificación de sus estatutos, habiéndose detectado anomalías en la documentación aportada, se requirió a la citada Asociación para que subsanara los defectos observados, lo que realizó con posterioridad, el 29 de octubre de 2010.
  Se adjunta el certificado del acta de la reunión celebrada por la Asamblea General Extraordinaria el 25 de agosto de 2010, en la que se acordó por unanimidad modificar el artículo 7 de los estatutos. El acta fue suscrita, entre otros, por doña Ivanna Martínez Baquero, en calidad de Secretaria General de la Asociación, y por don José Carlos Velasco Fernández, en calidad de Presidente.
  Segundo
  Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, que la desarrolla.
  A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, que la desarrolla, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias y concordantes.
  Segundo
  Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 1.3 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del mismo texto legal.
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA
  El depósito de la modificación del artículo 7 de los estatutos, así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  La presente Resolución podrá ser impugnada ante el Juzgado de lo Social de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril de 1995).
  Madrid, a 5 de noviembre de 2010..El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
  (03/46.499/10)</texto>
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