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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/01/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcorcón número 5. Juicio de faltas 240 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>9</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 114 
 Juicio de faltas 240 de 2010 
  Doña Raquel González Gallego, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Alcorcón.
  Hace saber y participa: Que en el juicio de faltas número 240 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Alcorcón, a 25 de octubre de 2010..Habiendo visto su señoría doña Sara Perales Jaramillo, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Alcorcón y su partido, los presentes autos con el número referenciado, sobre falta de lesiones, hurto, con intervención del ministerio fiscal, siendo partes: don Luis Alberto González Molina, en calidad de denunciante, y don Andrés Chicote Cazorla, en calidad de denunciado.
  Que debo condenar y condeno a la parte denunciada, don Andrés Chicote Cazorla, como autor responsable de una falta de maltrato, a la pena de diez días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, y por otra falta de hurto, a la pena de un mes de multa, con igual cuota diaria.
  El impago de la multa determinará una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.
  Se imponen al denunciado las costas que, en su caso, se hubieren causado.
  Esta resolución no es firme, frente a ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación al ministerio fiscal y a las partes.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Andrés Chicote Cazorla, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Alcorcón, a 9 de diciembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/47.788/10)</texto>
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