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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/01/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Galapagar. Organización y funcionamiento. Reglamento fichero datos carácter personal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Galapagar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 60 
 Reglamento fichero datos carácter personal 
  Aprobación inicial del Reglamento para la creación del fichero de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Galapagar.
  El Pleno de este Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada el 28 de diciembre de 2010, aprobó inicialmente el reglamento para la creación del siguiente fichero de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Galapagar:
  .	Fichero: Vídeo Vigilancia.
  En cumplimiento de lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, se abre un período de información pública por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones o sugerencias.
  El expediente podrá ser examinado dentro del plazo indicado en la Secretaría municipal, en horario de atención al público (lunes a viernes, de nueve a catorce horas).
  Régimen de recursos..Contra el acuerdo de aprobación inicial del reglamento, por tratarse de un acto de trámite, no cabe interponer recurso alguno, en conformidad con el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de que se pueda manifestar la oposición a este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
  Galapagar, a 29 de diciembre de 2010..El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz.
  (03/48.757/10)</texto>
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