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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 1.747 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 155 
 Demanda 1.747 de 2009 
  Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.747 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Muñoz Lara, contra la empresa “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 643 de 2010
  En Madrid, a 29 de noviembre de 2010..Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Antonio Muñoz Lara, por el que comparece el letrado don Carlos Iglesias Álvarez, y de otra, como demandados, “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debía estimar la demanda interpuesta por don Antonio Muñoz Lara, en concepto de reclamación de cantidad, contra la empresa “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, condenando a la entidad demandada al pago de la cantidad de 4.482,43 euros en concepto de principal reclamado y 448,24 euros en concepto de interés por mora, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial, a quien deberán hacérsele las advertencias sobre su posible responsabilidad en los supuestos legalmente previstos.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Antonio Muñoz Lara, “Termal Isolation World Wide, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/47.425/10)</texto>
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