<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110111-133</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 12. Demanda 510 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>8</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2011-01-11-8211220100181</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/11/BOCM-20110111-133.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/11/BOCM-20110111-133.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/11/BOCM-20110111-133.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Demanda 510 de 2009 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 510 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Juan y Seva Mansilla, doña Laura Ruiz Martín y don Víctor Manuel Fuentes Álvarez, contra la empresa “Centro Médico Colmenar Viejo, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Estimo las demandas acumuladas de los tres actores, y declaro debidas las cantidades reclamadas con sus demandas. En consecuencia, condeno a la empresa demandada “Centro Médico Colmenar Viejo, Sociedad Anónima”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone:
  A doña María Dolores Juan y Seva Mansilla: la cantidad de 4.814,10 euros de principal.
  A doña Laura Ruiz Martín: la cantidad de 4.970,92 euros de principal.
  A don Víctor Manuel Fuentes Álvarez: la cantidad de 8.151,42 euros, de principal.
  Asimismo, declaro la mora de la demandada, por lo que a las anteriores cantidades, deberá incrementarse el 10 por 100 de interés anual moratorio desde la fecha en que se devengó hasta su total pago.
  Declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial hasta el límite legal de la cantidad objeto de condena, no haciéndose extensiva la declaración de mora a dicho organismo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Centro Médico Colmenar Viejo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/47.420/10)</texto>
</documento>