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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Demanda 226 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>7</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 188 
 Demanda 226 de 2010 
  Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 226 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Bacilia, contra las empresas “Grupo Ultan Construcción, Instalaciones, Energías Renovables, Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Diligencia..En Guadalajara, a 27 de mayo de 2010.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Daniel Bacilia, contra “Grupo Ultan Construcción, Instalaciones, Energías Renovables, Servicios, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, de lo que doy cuenta a su señoría..Doy fe.
  Auto
  En Guadalajara, a 27 de mayo de 2010.
  Parte dispositiva:
  Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
  Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 27 de enero de 2011, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la avenida del Ejército, número 12, edificio de Servicios Múltiples, planta primera, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Al primer otrosí digo: se tiene por hecha la manifestación.
  Al segundo otrosí digo: confesión judicial, como se pide; documental, se accede a lo solicitado, sirviendo la notificación de la presente de requerimiento en legal forma.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Ultan Construcción, Instalaciones, Energías Renovables, Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 15 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/48.403/10)</texto>
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