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    <identificador>BOCM-20110110-17</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Sanidad</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Encomienda de gestión
– Acuerdo por el que la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid encomienda al Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la gestión del servicio de edición y distribución del “Boletín de Reacciones Adversas a los Medicamentos” y sus tarjetas amarillas adjuntas</titulo>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE SANIDAD 
 
 17 
 ACUERDO por el que la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid encomienda al Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la gestión del servicio de edición y distribución del “Boletín de Reacciones Adversas a los Medicamentos” y sus tarjetas amarillas adjuntas. 
  En Madrid, a 7 de julio de 2010.
  REUNIDOS
  De una parte, el excelentísimo señor don Javier Fernández-Lasquetty y Blanc, Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrado mediante Decreto 4/2010, de 18 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.
  Y, de otra parte, don Carlos Ares Sánchez, Director-Gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 27/1998, de 20 de febrero, del Consejo de Gobierno. Siendo el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de carácter interno, dependiente y subordinado.
  Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal para comprometerse y otorgar el presente Acuerdo, según establece el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a cuyo efecto acuerdan las siguientes
  CLÁUSULAS
  Primera
  Objeto
  El objeto de la presente encomienda de gestión es la edición y distribución de tres números del “Boletín Reacciones Adversas a los Medicamentos”, en adelante “Boletín RAM”, y de las tarjetas amarillas que se adjuntan con el mismo.
  Segunda
  Actuaciones a realizar
  Se detallan a continuación los trabajos que deben llevarse a cabo por parte del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:
  .	Edición y distribución en 2010 de tres números del “Boletín RAM” y de las tarjetas amarillas.
  Cada número requiere de:
  a)	Impresión del “Boletín”, del sobre del Programa y de tarjetas amarillas que se envían con cada boletín.
  b)	Distribución de acuerdo con la base de datos que se proporcionará.
  1.  Características de los trabajos:
  Boletín
  Descripción:
  .	Tamaño: 21 ´ 29,7 centímetros.
  .	Número de páginas: 8.
  .	A caballete cosido con alambre.
  Cubierta:
  Papel estucado mate 100 gramos/metro cuadrado.
  Tintas: 4/4 colores.
  Contraportada:
  Papel estucado mate 100 gramos/metro cuadrado.
  Tintas: 4/4 colores.
  Interior:
  Papel estucado mate 100 gramos/metro cuadrado.
  Tintas: 4/4 colores.
  Cantidad: 99.000 ejemplares (33.000 unidades ´ 3 ediciones).
  Tarjetas amarillas
  Descripción:
  .	Tamaño: 16,5 ´ 22,5 centímetros.
  .	Papel litos de 120 gramos/metro cuadrado color amarillo.
  .	Impresión 1/1 tintas por ambas caras.
  .	Encuadernación: Trepanado en los laterales a 0,5 centímetros del borde, encolado del reborde para cierre hermético.
  .	Plegado por la mitad.
  Tirada: 99.000 ejemplares repartidos en tres tiradas.
  Sobres C5
  Descripción:
  .	Tamaño: 16,2 ´ 22,5 centímetros.
  .	Papel offset, solapa recta.
  .	Impresión 3/0 tintas.
  Tirada: 99.000 ejemplares repartidos en tres tiradas.
  Distribución
  .	Direcciones: Impresión Ink-jet de direcciones a partir de la base de datos del Centro de Farmacovigilancia que facilitaremos.
  .	Plegado de boletines y tarjetas amarillas.
  .	Ensobrado: De dos elementos, una tarjeta amarilla y un boletín.
  .	Franqueo, atado, ensacado y depósito en Correos.
  .	Tirada: Tres ediciones de 33.000 ejemplares cada una.
  2.  Plazos de ejecución:
  Desde la entrega del disquete (bases de datos) hasta la puesta en correo, un plazo máximo de treinta días naturales.
  3.  Resumen de los servicios:
   							Ver en documento PDF 						 
  Tercera
  Financiación
  El importe desglosado de los trabajos por tirada es de 22.295,45 euros, según la distribución siguiente:
   							Ver en documento PDF 						 
  Resultando un total de 66.886,35 euros que se financiará con cargo a la partida 2262 del Programa 702 “Ordenación e Inspección”.
  Una vez realizados cada uno de los trabajos, el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid presentará las facturas correspondientes. Dichas facturas serán conformadas por el Servicio competente para proceder a su abono.
  Cuarta
  Confidencialidad
  El Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid se compromete a adoptar todas las medidas necesarias para mantener en todo momento un riguroso control de cuanta información se procese en la ejecución de las actividades, garantizando la necesaria confidencialidad. En consecuencia, los datos serán recogidos, tratados y custodiados conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, o la normativa vigente en cada momento en materia de protección de datos. En virtud de ello, el Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid manifiesta y se compromete a lo siguiente:
  .	Declara expresamente conocer quedar obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, muy especialmente, de lo indicado en su artículo 12, comprometiéndose explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. Igualmente, serán de aplicación las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores que se encuentren en vigor a la adjudicación de este Acuerdo o que puedan estarlo durante su vigencia, y aquellas normas de Reglamento de Medidas de Seguridad, en concreto el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  .	Declara expresamente conocer quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y, expresamente, en lo indicado en su artículo 10, en cuanto al deber de secreto, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001 de la Comunidad de Madrid y, especialmente, lo indicado en su artículo 11. Para ello, se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan.
  .	El Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y el personal encargado de la realización de las tareas guardará secreto profesional sobre toda la información, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del Acuerdo, estando obligado a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo de vigencia.
  .	La documentación se entregará al Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para el exclusivo fin de la realización de las tareas asignadas expresamente por la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Comunidad de Madrid, quedando prohibido para dicho organismo y para el personal encargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica.
  Quinta
  Causas de resolución
  El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en la presente Encomienda podrá dar lugar a la resolución de la misma.
  Sexta
  Vigencia
  La presente Encomienda finalizará el 31 de diciembre de 2010.
  Séptima
  Régimen jurídico
  Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Acuerdo se someterán al conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.
  Y para que así conste, en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente Acuerdo de Encomienda de Gestión, por duplicado ejemplar, en lugar y fecha indicados..El Director-Gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, Carlos Ares Sánchez..El ilustrísimo señor Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty y Blanc.
  (01/147/10)</texto>
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