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    <identificador>BOCM-20110107-7</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Concurso de méritos
– Orden 6039/2010, de 15 de diciembre, de corrección de errores de las Órdenes 5436/2010, de 28 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de noviembre), y 5742/2010, de 22 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre), por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
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 ORDEN 6039/2010, de 15 de diciembre, de corrección de errores de las Órdenes 5436/2010, de 28 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de noviembre), y 5742/2010, de 22 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre), por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería. 
  Advertido error en las Órdenes 5436/2010, de 28 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de noviembre) y 5742/2010, de 22 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre), de la Consejera de Educación, por las que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos en la referida Consejería, se procede a subsanar dicho error en virtud de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los siguientes términos:
  Primero
  En el apartado segundo de ambas Órdenes se añade el siguiente párrafo:
  “En el apartado relativo al complemento específico que figura como Anexo I a la presente Orden debe tenerse en cuenta que dicho complemento ha experimentado una reducción del 5 por 100 en virtud de lo dispuesto en el artículo 24.B.d) de la Ley 4/2010, de 29 de junio, de Medidas Urgentes, por la que se modifica la Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2010, para su adecuación al Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público”.
  Segundo
  Esta corrección no supone el establecimiento de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, manteniéndose el establecido en las Órdenes que se corrigen.
  Tercero
  Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Dado en Madrid, a 15 de diciembre de 2010.
  		La Consejera de Educación, 		LUCÍA FIGAR DE LACALLE
  (03/217/11)</texto>
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