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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 359 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 94 
 Ejecución 359 de 2010 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 359 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ousainou Sumbundy, contra la empresa “Mobra 2010, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 29 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 29 de noviembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por don Ousainou Sumbundy, contra “Mobra 2010, Sociedad Limitada”, por un principal de 3.329,30 euros, más otros 333 euros y 200 euros presupuestados para costas e intereses calculados provisionalmente.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.
  c)  Ofíciese al Juzgado de lo social número 6 de Madrid a fin de que aporte testimonio del auto de insolvencia dictado, contra la demandada “Mobra 2010, Sociedad Limitada”, en el procedimiento seguido con el número de demanda 1.312 de 2010, ejecución número 219 de 2010.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mobra 2010, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/47.122/10)</texto>
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