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    <fecha_publicacion>2011/01/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 5. Juicio de faltas 213 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5 
 EDICTO
 
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 Juicio de faltas 213 de 2010 
  Doña Mercedes Riolobos Izquierdo, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 213 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su fallo dice:
  Que debo condenar y condeno a don Rafael Ruiz Calvo, como autor responsable de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal, imponiéndole la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con condena en costas, si las hubiere. El condenado, en caso de impago de la multa impuesta, quedará sujeto a la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal; es decir, un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
  En concepto de responsabilidad civil, el condenado abonará a don Alejandro García Montero la cantidad total de 150 euros como indemnización por las lesiones sufridas.
  Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. De acuerdo con el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, durante este período se hallan las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes.
  Y par que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alejandro García Montero, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 1 de diciembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/47.082/10)</texto>
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