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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 1.766 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>3</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 200 
 Demanda 1.766 de 2009 
  Doña María Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.766 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mustapha Touimi, contra la empresa “Ambama Obras y Servicios, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 4 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando la demanda formulada por don Mustapha Touimi, contra “Ambama Obras y Servicios, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante 3.605,89 euros, más el 10 por 100 correspondiente en concepto de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ambama Obras y Servicios, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.958/10)</texto>
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