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    <titulo>Madrid número 71. Juicio verbal 2.336 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 71 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 139 
 Juicio verbal 2.336 de 2009 
  En el procedimiento de juicio verbal número 2.336 de 2009 se ha dictado en el día de la fecha sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Encabezamiento
  Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Alonso Rodríguez-Sedano..En Madrid, a 16 de noviembre de 2010.
  Parte demandante, don Francisco Gómez Vázquez, con abogado don Antonio Serrano Rodríguez y procurador don Antonio Piña Ramírez, y parte demandada, doña Ana María Mingorance López, con abogado sin profesional asignado y procurador sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Antonio Piña Ramírez, en nombre y representación de don Francisco Gómez Vázquez, contra doña Ana María Mingorance López, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a dicha parte demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.990 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda hasta su completo pago, así como las costas de este proceso.
  Notifíquese la presente resolución a la demandada, en rebeldía y paradero desconocido por medio de edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  La admisión del recurso precisará que, al prepararse, se haya consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 0030/1845/00/3250 (cuenta del Juzgado)/XXXX (número de procedimiento con cuatro cifras, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios)/XX (dos últimas cifras del año del procedimiento), abierta a nombre del Juzgado en la entidad “Banesto”, el depósito de 50 euros exigido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009).
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Ana María Mingorance López se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 16 de noviembre de 2010..El secretario (firmado).
  (02/11.954/10)</texto>
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