<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101231-61</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Guadalajara número 1. Demanda 139 de 2009.2-R</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>312</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-31-312151220100086</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/31/BOCM-20101231-61.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/31/BOCM-20101231-61.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/31/BOCM-20101231-61.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 61 
 Demanda 139 de 2009.2-R 
  Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 139 de 2009.2-R de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael García-Gasco Real, contra la empresa “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  a)  Que estimo la demanda de don Rafael García-Gasco Real, en reclamación por despido, y declaro que el cese del demandante constituye despido nulo del que es responsable la empresa demandada, “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”.
  b)  Que condeno a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a que indemnice al demandante en la cantidad de 27.083,10 euros y al pago de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de esta sentencia a razón de 62,26 euros diarios.
  c)  Que declaro extinguida la relación laboral teniendo como fecha de efectos la de la presente sentencia.
  Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades del Fondo de Garantía Salarial con exclusivo fundamento en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Planiván Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 1 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.309/10)</texto>
</documento>