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    <fecha_publicacion>2010/12/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 768 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>312</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 34 
 Demanda 768 de 2010 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 768 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Amalia Fernández García, contra la empresa “Flow Express, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 23 de noviembre de 2010.
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclarar en el sentido que a continuación se dice:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por doña Amalia Fernández García, frente a “Flow Express, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 3.236,67 euros, más el 10 por 100 de interés por mora. Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Flow Express, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/46.185/10)</texto>
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