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    <fecha_publicacion>2010/12/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 313 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>312</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 29 
 Ejecución 313 de 2010 
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 313 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mostafá Kaab y don Archi Zitouni, contra “Investura Metal, Sociedad Limitada”, y “Fomento de Construcciones y Canalizaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 26 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Mostafá Kaab y don Archi Zitouni, contra “Investura Metal, Sociedad Limitada”, y “Fomento de Construcciones y Canalizaciones, Sociedad Limitada”, de forma solidaria, por un importe de 6.575,04 euros de principal, más 986,25 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  Y decreto de fecha 26 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  a)  Trabar embargo sobre de los bienes de las demandadas.
  b)  A tal fin diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de las deudoras de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2803/0000/64/0547/10, entidad 0030, agencia 1143, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Investura Metal, Sociedad Limitada”, y “Fomento de Construcciones y Canalizaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, “Boletín Oficial de la Provincia de Toledo” y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.
  En Madrid, a 26 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.305/10)</texto>
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