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    <fecha_publicacion>2010/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 1.411 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 268 
 Demanda 1.411 de 2009 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.411 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Pérez Barra, contra las empresas “Circuitos Multimedia, Sociedad Limitada”, y “Megacard Latina, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 551 de 2010
  En Madrid, a 15 de noviembre de 2010..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Madrid, el juicio promovido en reclamación de cantidad, a instancias de don Alberto Pérez Barra, frente a las empresas “Circuitos Multimedia, Sociedad Limitada”, y “Megacard Latina, Sociedad Limitada”. Ha sido llamado el Fondo de Garantía Salarial.
  Fallo
  Que, estimando en parte las pretensiones de la parte actora, y sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, condeno solidariamente a las empresas “Circuitos Multimedia, Sociedad Limitada”, y “Megacard Latina, Sociedad Limitada”, a abonar a don Alberto Pérez Barra la cantidad de 66.965,24 euros; y condeno además, exclusivamente a “Megacard Latina, Sociedad Limitada”, a satisfacer al actor la cantidad de 8.004,64 euros; más el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Circuitos Multimedia, Sociedad Limitada”, y “Megacard Latina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.206/10)</texto>
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