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    <fecha_publicacion>2010/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Juicio de faltas 1.168 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>311</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 256 
 Juicio de faltas 1.168 de 2010 
  Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 (antiguo mixto número 7) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.168 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Alcalá de Henares, a 25 de octubre de 2010..Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de faltas de enjuiciamiento inmediato número 1.168 de 2010, seguidos por una falta de hurto, en el que han sido parte, además del ministerio fiscal: don Javier Maroto Ramírez, como denunciante, y don Costel Balán, en calidad de denunciado, convengo en señalar lo siguiente.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Costel Balán, como autor de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 4 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, debiendo indemnizar a “Alcampo” en la cantidad de 28,77 euros en concepto de responsabilidad civil.
  Se imponen al condenado las costas del proceso.
  Notifíquese a las partes en la forma prevista por el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Costel Balán, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 25 de noviembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/46.233/10)</texto>
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