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    <fecha_publicacion>2010/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcorcón. Régimen económico. Convocatoria ayudas Cooperación Países en Vías de Desarrollo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>311</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcorcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 152 
 Convocatoria ayudas Cooperación Países en Vías de Desarrollo 
  Aprobadas por la Junta de Gobierno Local Extraordinaria, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2010, punto 1/668 de las Bases Reguladoras de la convocatoria pública para la concesión de ayudas por el Ayuntamiento de Alcorcón, para la realización de proyectos de Cooperación en Países en Vías de Desarrollo correspondiente al año 2010, cuyo contenido es el siguiente:
  Objeto de las ayudas: las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de ayudas del Ayuntamiento de Alcorcón, para la realización de proyectos de Cooperación en Países en Vías de Desarrollo, Programas de Cooperación al Desarrollo en las zonas y municipios o comunidades, en las que el Ayuntamiento intervenga o haya intervenido mediante actuaciones directas, hermanamientos, así como proyectos de acogida a desarrollar en el término municipal de Alcorcón, a ejecutar por organizaciones e instituciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro.
  Las ayudas se concederán a proyectos anuales que referidos a los anteriores ámbitos territoriales, contribuyan al desarrollo social y económico de los mismos, mejorando las condiciones de vida de sus habitantes y satisfaciendo sus necesidades básicas.
  Dotación presupuestaria: la concesión de ayudas se hará con cargo a la partida nú­mero 230.00-480.05 de los presupuestos generales del Ayuntamiento de Alcorcón por ­importe 204.000 euros.
  Plazo de presentación: el plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Presentación de solicitudes: las solicitudes de subvención se formalizarán mediante instancia, suscrita por la persona que ostente la representación legal de las organizaciones e instituciones que concurran a las ayudas en el Registro General del Ayuntamiento (plaza de España, número 1, 28921 Alcorcón), o bien en la forma determinada por el artículo 38 de la Ley 30/1922, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción introducida por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
  Las bases completas de la convocatoria se pondrán obtener en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Alcorcón y en la página web del mismo: http://www.ayto-alcorcon.es, y se corresponden con las publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52, de 3 de marzo de 2009, con la siguiente salvedad:
  OE 3.  Contribuir al desarrollo de la paz, la justicia, la equidad y la seguridad en territorios en situación de conflictos bélicos y posconflictos.
  Líneas estratégicas:
  .	Construcción de paz como enfoque de trabajo integrador atendiendo a los factores estructurales y culturales.
  .	Establecimiento y aplicación de medidas efectivas para la prevención y erradicación de las violencias de género, étnicas y vulneración de derechos de la juventud y de la infancia en contextos de conflicto armado.
  .	Fortalecimiento de capacidades institucionales y sociales para la resolución pacífica de los conflictos y para la construcción de una cultura de paz.
  .	Aumento del conocimiento y el compromiso de la ciudadanía y de los actores en temas de paz y gestión pacífica de los conflictos.
  Alcorcón, a 16 diciembre de 2010..El jefe de Gabinete de Alcaldía, Pedro Moreno Ródenas.
  (03/47.352/10)</texto>
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