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    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 374 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 426 
 Demanda 374 de 2010 
  Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 374 de 2010, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gonzalo Bautista Narváez, contra la empresa “Uny Sistem Cleaning, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Gonzalo Bautista Narváez, contra la empresa “Uny Sistem Cleaning, Sociedad Limitada”, en materia de reclamación de cantidad, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el derecho de don Gonzalo Bautista Narváez a seguir percibiendo el plus de nocturnidad por la totalidad de días corrientes del mes devengado, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por dicho pronunciamiento, con las consecuencias inherentes al mismo, y a abonar a don Gonzalo Bautista Narváez la cantidad de 648,93 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Uny Sistem Cleaning, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.009/10)</texto>
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