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    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 22. Demanda 584 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 348 
 Demanda 584 de 2010 
  Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 584 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín García Montero, contra las empresas “Desmontes Hurtando, Sociedad Limitada”, “Transporte-Vaciado Hurtado, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 16 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Agustín García Montero, contra “Desmontes Hurtando, Sociedad Limitada”, “Transporte-Vaciado Hurtado, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a las empresas demandadas de forma solidaria a abonar al actor la cantidad de 9.638,67 euros, con más el interés anual por mora del 10 por 100 sobre dicha cuantía.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Desmontes Hurtando, Sociedad Limitada”, y “Transporte-Vaciado Hurtado, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.025/10)</texto>
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