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    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 4. Procedimiento ordinario 1.353 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 221 
 Procedimiento ordinario 1.353 de 2009 
  En el procedimiento ordinario número 1.353 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que, estimando la demanda formulada por la procuradora doña María del Carmen Zaragoza Ruiz, en nombre y representación  de don Juan García González y doña Isidora Muñoz Picón, debo declarar la nulidad del contrato de compraventa suscrito en fecha 19 de octubre de 2007 entre los actores y la codemandada “Mundyproject 2000, Sociedad Limitada”, condenando a la referida codemandada a estar y pasar por la referida declaración, así como a abonar a los actores la cantidad de 16.731 euros, así como declarar la nulidad del contrato de préstamo celebrado entre los actores y la entidad “Caixa Galicia”, en fecha 29 de noviembre de 2007, condenando a la referida codemandada a estar y pasar por la referida declaración, así como a que abone a los actores las cantidades abonadas por aquellos en concepto de préstamo a razón de 314,98 euros mensuales, todo ello con imposición a los codemandados de las costas del procedimiento.
  Notifíquese esta resolución a las partes, a la codemandada rebelde mediante edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella puede interponerse recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, recurso que deberá prepararse anunciándolo a este órgano judicial en el término de cinco días contados a partir de su notificación.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Mundyproject 2000, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de notificación.
  En Alcalá de Henares, a 9 de junio de 2010..El secretario (firmado).
  (02/7.779/10)</texto>
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