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    <identificador>BOCM-20101228-202</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TORRELAGUNA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Torrelaguna. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal tasas polideportivo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torrelaguna</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TORRELAGUNA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 202 
 Modificación ordenanza fiscal tasas polideportivo 
  En sesiones celebradas por el Pleno del Ayuntamiento el 27 de octubre de 15 de diciembre de 2010 se aprobó:
  Primero..La modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios, realización de actividades y utilización de locales municipales polideportivo en cuanto a las cuotas que serán las siguientes.
   							Ver en documento PDF 						 
  La entrada de la piscina cubierta para los usuarios no empadronados en el municipio se incrementará en un 50 por 100 sobre el precio anteriormente reflejado.
  Segundo..Modificación de ordenanza fiscal del impuesto sobre instalaciones, construcciones y obras. 
  Se modifica el artículo 8 en el sentido de que las bonificaciones establecidas se aplicarán siempre y cuando las actuaciones sean superiores a las exigidas  por la normativa especifica, y su aplicación se realizará  sobre el presupuesto de la  actuación concreta.
  Tercero..Aprobar nuevas tasas en Casa de Cultura.
   							Ver en documento PDF 						 
  Cuarto..Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida y retirada de vehículos en la vía pública. La retirada de un vehículo cualquiera con la grúa municipal o particular contratada, siempre que no sea de carga o camión: 130 euros o, en su caso, el importe que le sea aplicado al Ayuntamiento.
  Lo que se hace público para que en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme dispone el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes y, si no se diesen, considerarlo aprobado definitivamente con efectos 1 de enero de 2011.
  Torrelaguna, a 16 diciembre de 2010..El alcalde, Miguel Santos Pérez.
  (03/47.954/10)</texto>
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