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    <fecha_publicacion>2010/12/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>– San Fernando de Henares. Urbanismo. Aprobación definitiva relación bienes y derechos en beneficio Junta Compensación Polígono Las Castellanas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>309</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de San Fernado de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES 
 URBANISMO
 
 196 
 Aprobación definitiva relación bienes y derechos en beneficio Junta Compensación Polígono Las Castellanas 
  El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el pasado día 18 de noviembre del año en curso, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo de conformidad con la propuesta formulada por el concejal-delegado de Política Territorial, que es el siguiente:
  Ratificar, convalidando el segundo punto del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local el 20 de octubre de 2010, relativo a la aprobación definitiva de la relación de bienes y derechos de necesaria ocupación en beneficio de la Junta de Compensación del Polígono de “Las Castellanas”, por el incumplimiento de don Andrés Tamayo Cao y de “Serigraf, Sociedad Limitada”, miembros integrantes de la citada Junta, de sus deberes legales y demás obligaciones derivadas del sistema, consistentes en el impago de sus cuotas de urbanización acordadas por el Consejo Rector.
  Sometido a votación el dictamen de referencia, resultó aprobado por mayoría absoluta.
  Lo que se notifica para general conocimiento, significando que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado o Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, advirtiendo que la interposición del recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.
  Con carácter potestativo, se podrá asimismo interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dictó el acto impugnado. No se podrá presentar el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.
  No obstante, se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime oportuno de conformidad con la legislación vigente.
  En San Fernando de Henares, a 29 de noviembre de 2010..El concejal-delegado de Política Territorial, Joaquín Martínez Martínez.
  (02/12.210/10)</texto>
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