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    <fecha_publicacion>2010/12/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Procedimiento ordinario 661 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 119 
 Procedimiento ordinario 661 de 2007 
  En el procedimiento ordinario número 661 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 29 de noviembre de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 29 noviembre de 2010..Vistos por doña María Isabel Ferrer-Sama Pérez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 19 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 661 de 2007, seguidos a instancias de la procuradora doña María Macarena Rodríguez Ruiz, en nombre y representación de “Sage Soluciones Avanzadas, Sociedad Limitada Unipersonal” (antes “Sage Adonix, Sociedad Anónima Unipersonal”), asistida por la letrada doña Ana Carrasco Arellano, contra “CX Consultores de Ponent, Sociedad Limitada”, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María Macarena Rodríguez Ruiz, en nombre y representación de la mercantil “Sage Soluciones Avanzadas, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a “CX Consultores de Ponent, Sociedad Limitada”, en rebeldía, a abonar la cantidad de 55.510,39 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda, y al pago de las costas causadas.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid conforme a lo establecido en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  No se admitirá a trámite el recurso de apelación si al prepararse no acredita la parte haber constituido depósito de 50 euros en la cuenta número 2447/0000/02/0661/07 conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, añadido mediante la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “CX Consultores de Ponent, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación de sentencia.
  Madrid, a 1 de diciembre de 2010..El secretario (firmado).
  (02/12.132/10)</texto>
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