<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101224-38</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 2. Demanda 568 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>307</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-24-307101220100168</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/24/BOCM-20101224-38.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/24/BOCM-20101224-38.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/24/BOCM-20101224-38.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 38 
 Demanda 568 de 2010 
  Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 568 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Fernández González y doña Salima Fattah, contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 10 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 423 de 2010
  En Madrid, a 10 de septiembre de 2010..Don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Pablo Fernández González, con documento nacional de identidad número 6573118-V, y doña Salima Fattah, con número de identificación de extranjería X-4418028-G, que comparecen asistidos del letrado don Carlos Pinedo Santamaría, colegiado número 30.345, y de otra, como demandados, don Antonio Alarcón Zurita, don José María de Domingo Martorell y “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando las demandas acumuladas formuladas por los actores frente a la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, declaro improcedente el despido de los actores.
  En consecuencia, condeno a la empresa demandada a optar entre:
  a)  La readmisión de los trabajadores en idénticas condiciones y con los mismos derechos que ostentaban antes de producirse el despido; o bien
  b)  El abono de una indemnización de:
  Para don Pablo Fernández González, 6.160,28 euros.
  Para doña Salima Fattah, 3.207 euros.
  Asimismo, deberá en cualquier caso abonarles una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, sin perjuicio del descuento de lo que entre tanto hubiesen percibido por cualquier otro empleo o colocación.
  La citada opción empresarial deberá ejercitarse dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, sin esperar a la firmeza de la misma, mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado.
  En caso de no formularse dicha opción, se entenderá que procede la readmisión.
  Se absuelve en este procedimiento a los codemandados don Antonio Alarcón Zurita y don José María de Domingo Martorell, y ello sin perjuicio de las eventuales acciones que procedieren frente a dichas personas físicas ante el orden civil de la Jurisdicción.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/45.765/10)</texto>
</documento>