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    <fecha_publicacion>2010/12/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 54. Juicio de faltas 903 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>306</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 54</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 54 
 EDICTO
 
 148 
 Juicio de faltas 903 de 2009 
  Don Emilio López Durán, secretario del Juzgado de instrucción número 54 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 903 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Que debo condenar y condeno a doña Jenny Carolina Daza Gutiérrez, don Víctor Hugo González Herrera y don Hárrison Steward Suárez Ullán, como autores responsables de una falta de desobediencia, cada uno de ellos, ya definida, a la pena para los dos primeros de quince días de multa, señalando como cuota diaria 6 euros (90 euros en total) por cada uno de los dos primeros; al tercero, don Hárrison Steward Suáres Ullán, se le impone la pena de multa de veinte días, señalando como cuota diaria 10 euros (200 euros).
  Los condenados deberán abonar (un tercio cada uno de ellos) las costas procesales.
  Si los condenados no satisficieren voluntariamente o por vía de apremio la multa impuesta, quedarán sujetos a la responsabilidad personal subsidiaria establecida legalmente.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Hárrison Steward Suárez Ullán, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 20 de noviembre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/45.320/10)</texto>
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