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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 419 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>305</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 235 
 Demanda 419 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 419 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Luengo Ferrer, don Javier Posada Fernández y don Alberto José Posada Fernández, contra la empresa “Gestión Deportiva Global, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 469 de 2010
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2010..Vistos por su señoría ilustrísima, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción, en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don Rubén Luengo Ferrer, representado y asistido por la letrada doña Aránzazu Povedano Fraguela, quien también asiste a don Javier Posada Fernández, y don Alberto José Posada Fernández, y como parte demandada, la empresa “Gestión Deportiva Global, Sociedad Limitada”.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Rubén Luengo Ferrer, don Javier Posada Fernández y don Alberto José Posada Fernández, frente a la empresa “Gestión Deportiva Global, Sociedad Limitada”, en reclamación de salarios y liquidación, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada al abono a los actores de las sumas que en concepto de cantidad bruta reclamada se establecen a continuación, cantidades que deberán ser incrementada con el 10 por 100 de recargo de interés por mora.
  A don Rubén Luengo Ferrer: 430 euros.
  A don Javier Posada Fernández: 1.292 euros.
  A don Alberto José Posada Fernández: 1.195 euros.
  Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestión Deportiva Global, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Madrid, a 4 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/45.402/10)</texto>
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