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    <fecha_publicacion>2010/12/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 944 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>305</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 
 167 
 Demanda 944 de 2010 
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 944 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Álvarez Rey, contra la empresa “Electromontaje Pedro José Pedro, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda interpuesta por don Pablo Álvarez Rey, contra “Electromontaje Pedro José Pedro, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido por defecto de forma a que estos autos se contraen, y debo condenar y condeno a la empresa “Electromontaje Pedro José Pedro, Sociedad Limitada”, a que abone al actor las cantidades que a continuación se expresan: en concepto de indemnización 12.828,12 euros y salarios de trámite 5.365,22 euros, calculados hasta esta fecha; en atención a lo declarado en el fundamento de derecho segundo se declara extinguida la relación laboral entre las partes.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Electromontaje Pedro José Pedro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/45.247/10)</texto>
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