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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Navalcarnero. Régimen económico. Notificación comparecencia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>303</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVALCARNERO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 65 
 Notificación comparecencia 
  No habiendo sido posible realizar la notificación a los interesados por causas no imputables a la Administración Municipal, en cumplimiento con lo que dispone el artículo 112.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se cita a los contribuyentes que a continuación se relacionan para que comparezcan en la Tesorería del Ayuntamiento, órgano responsable de la tramitación de los procedimientos referenciados, sita en la travesía de la Doctora, número 18, de Navalcarnero, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de ser notificados en los procedimientos que se indican:
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  Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.
  El plazo para el ingreso de las correspondientes liquidaciones será el regulado en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Transcurrido dicho plazo sin haber efectuado el pago, se devengará el recargo de apremio y los intereses de demora correspondientes.
  El contribuyente podrá solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del importe de la liquidación con arreglo a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  En caso de disconformidad, contra los actos que motivan los procedimientos referenciados solo se podrá interponer, en vía administrativa, recurso de reposición, ante el señor alcalde-presidente, dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, con arreglo a lo establecido en los artículos 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  En Navalcarnero, a 24 de noviembre de 2010..La tesorera accidental, María Pilar García Gómez.
  (02/12.267/10)</texto>
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