<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101220-52</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLLADO MEDIANO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/20</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Collado Mediano. Régimen económico. Notificación por comparecencia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>303</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-20-303171220100039</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/20/BOCM-20101220-52.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/20/BOCM-20101220-52.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/20/BOCM-20101220-52.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Mediano</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 52 
 Notificación por comparecencia 
  No habiendo sido posible la notificación a los interesados por causas no imputables a la Administración Municipal, en cumplimiento con lo que dispone el artículo 112 de la Ley General Tributaria, se cita a los contribuyentes que a continuación se relacionan para que comparezcan en la Tesorería del Ayuntamiento, órgano responsable de la tramitación de los procedimientos referenciados, sita en la plaza Mayor, número 8, de Collado Mediano, en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de ser notificados en los procedimientos que se indican: 
   							Ver en documento PDF 						 
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
  El plazo para el ingreso de las correspondientes liquidaciones será el regulado en el artículo 62 de la Ley 58/2003, General Tributaria; transcurrido el plazo, se devengará el recargo de apremio reducido del 10 por 100; si transcurrido el plazo de la providencia de apremio no se hubiera satisfecho la deuda, se devengará el recargo de apremio ordinario del 20 por 100, compatible con los intereses de demora.
  El contribuyente podrá solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del importe de la liquidación con arreglo a lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes del citado Reglamento General de Recaudación.
  Contra los actos que motivan los procedimientos referenciados solo podrá interponerse recurso de reposición ante el tesorero, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquel en que tenga efectividad la notificación de dichos actos, con arreglo a lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  Lo dicta y lo firma el tesorero.
  En Collado Mediano, a 9 de diciembre de 2010..El tesorero, Carlos Basquero Romero.
  (02/12.330/10)</texto>
</documento>