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    <fecha_publicacion>2010/12/20</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 745 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>303</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 121 
 Demanda 745 de 2009 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 745 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Rosón González, contra la empresa “R &amp; C Asesoramiento y Producción de Eventos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 7 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora frente a la demandada sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “R &amp; C Asesoramiento y Producción de Eventos, Sociedad Limitada”, a que abone al trabajador don Álvaro Rosón González, la suma de 373,31 euros por los conceptos expresados.
  Respecto al incidente de no readmisión instando por el actor, no ha lugar a lo solicitado, estando dicha parte al contenido de la presente resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “R &amp; C Asesoramiento y Producción de Eventos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.905/10)</texto>
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