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    <fecha_publicacion>2010/12/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Recurso reposición Poblado Santa Catalina, chabola número 112</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>301</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Coordinación General de Urbanismo - Subdirección General de Régimen Jurídico - Servicio de Coordinación Jurídica - Departamento de Recursos - Unidad Técnica de Gestión</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 OTROS ANUNCIOS
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Coordinación General de Urbanismo
 Subdirección General de Régimen Jurídico
 Servicio de Coordinación Jurídica
 Departamento de Recursos
 Unidad Técnica de Gestión
 
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 Recurso reposición Poblado Santa Catalina, chabola número 112 
  La coordinadora general de Urbanismo, en virtud del informe-propuesta de resolución del Departamento de Recursos de fecha 8 de septiembre de 2010, obrante en el expediente 711/2010/14792, ha dictado con fecha 22 de septiembre de 2010 la siguiente resolución:
  “Declarar inadmisible, por extemporáneo, el recurso de reposición interpuesto por don José María Pardo Vargas contra la resolución del director general de Ejecución y Control de la Edificación, de 17 de marzo de 2010, por la que se ordena a los titulares de la chabola número 112, sita en el Poblado de Santa Catalina, que en el plazo de un mes procedan a su desalojo a fin de facilitar su demolición, advirtiéndoles que, en caso de incumplimiento, se instará la correspondiente autorización judicial de entrada en domicilio para la ejecución forzosa de lo ordenado.”
  Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
  Lo que se hace público para conocimiento del interesado, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido de informe-propuesta de resolución en que se basa la resolución podrá ser consultado por el interesado en cualquier momento, personándose en el Departamento de Recursos de la Subdirección General de Régimen Jurídico, sito en la calle Guatemala, número 13, tercera planta.
  Madrid, a 29 de noviembre de 2010..El jefe del Departamento, Manuel Cárdenas Roldán.
  (01/5.287/10)</texto>
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