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    <fecha_publicacion>2010/12/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Procedimiento abreviado 363 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 
 136 
 Procedimiento abreviado 363 de 2010 
  Doña Ana María Noriega Tamboleo, secretaria judicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento abreviado con el número 363 de 2010 a instancias de don Felipe Palomar Vallejo, contra Delegación de Gobierno, en el que se ha acordado la notificación por medio del presente al expresado recurrente de la resolución de 15 de junio de 2010, que es de tenor literal siguiente:
  Providencia
  Magistrado-juez, Ángel Rubio del Rio..En Madrid, a 15 de junio de 2010.
  El anterior escrito se tiene por presentado por don Felipe Palomar Vallejo, actuando en su propio nombre y derecho únase a los autos de su razón, habiéndose subsanado los defectos expresados en providencia de 3 de mayo de 2010, se tiene por formulada la demanda por dicho recurrente contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid.
  Se tiene por personado y parte en el presente procedimiento al expresado compareciente, con quien se entenderán las sucesivas actuaciones en el modo previsto por la Ley.
  Examinada la demanda se declara competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, así como este Juzgado para conocer del recurso.
  Se admite a trámite la demanda, que se sustanciará por el procedimiento abreviado regulado en el artículo 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Dese traslado de la demanda a la administración demandada con entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados.
  Se convoca a las partes a una vista, que se celebrará el día 9 de mayo de 2012, a las nueve y cuarenta y cinco horas de su mañana en la Sala de Audiencias de este Juzgado (Sala 0, planta baja).
  Cítese a las partes para dicho acto, quedando citadas las mismas mediante entrega de la presente resolución, advirtiendo a la parte demandante que si no comparece se le tendrá por desistido del recurso condenándole en costas, y a la parte demandada, caso de no comparecer, se celebrará la vista en su ausencia.
  Ordénese a la administración demandada que remita el expediente administrativo en la forma determinada en el artículo 48 de la LJCA y, en todo caso, con una antelación, por lo menos, de quince días al día señalado para la vista; igualmente se ordena a dicha administración que la resolución que dicte acordando la remisión del expediente deberá notificarla en el plazo de cinco días a cuantos aparezcan como interesados en el, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en este recurso en el plazo de nueve días; la notificación deberá practicarse con arreglo a lo dispuesto en la Ley que Regula el Procedimiento Administrativo Común.
  Conforme a lo solicitado, fórmese pieza separada de medidas cautelares con testimonio de la demanda y de la presente resolución y a tal fin, requiérase al órgano administrativo autor de la actuación impugnada para que en el plazo, de cinco días alegue lo que estime pertinente sobre la medida cautelar solicitada (artículo 131 LJCA), y firme que sea el auto resolutorio, llévese testimonio del mismo para su unión a estos autos.
  Se acuerda la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del anuncio de interposición del presente recurso contencioso-administrativo, en el que se concederán quince días para la personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a derecho de la disposición, acto o conducta impugnada a tenor de lo establecido en el artículo 47.2 de la LJCA.
  Notifíquese la presente resolución a las partes personadas en el presente procedimiento.
  Contra esta resolución cabe interponer recurso de súplica en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.
  Así lo acuerda, manda y firma su señoría..Doy fe.
  El magistrado-juez, Ángel Rubio del Río (firmado y rubricado)..La secretaria judicial, Ana María Noriega Tamboleo (firmado y rubricado).
  Y para que sirva de notificación al recurrente don Felipe Palomar Vallejo, expido el presente.
  En Madrid, a 29 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.829/10)</texto>
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