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    <identificador>BOCM-20101217-105</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Expediente dominio, inmatriculación 1.742 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>301</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Expediente dominio, inmatriculación 1.742 de 2008 
  En el procedimiento de expediente de dominio, inmatriculación número 1.742 de 2008, sobre expediente de dominio, inmatriculación, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria, doña María Trinidad Carrillo de las Heras..En Móstoles, a 18 de noviembre de 2010.
  Los anteriores escritos de la señora Vegas Ballesteros, únanse, en cuanto al primero de ellos, se tiene por subsanado el de fecha de 23 de enero de 2009 en los términos solicitados.
  En cuanto al segundo, se tiene por cumplido el requerimiento, y por aportada la inscripción de defunción, de don Enrique García Vargas, de nacimiento de don Sixto García González y de su progenitora, doña Enriqueta García González, en cuanto a la inscripción de nacimiento de doña Clara García González, no se pueden aportar, y certificación de las últimas voluntades que ha fallecido sin testamento.
  Asimismo, se tiene por localizadas a doña Carmen Rodríguez Manzano y a doña Clara Isabel González Alonso, y por identificada la titularidad de la finca.
  Visto el estado del procedimiento, incoese el expediente de dominio para la inmatriculación de fincas que se insta, en el que se le tendrá por personado en nombre y representación de don Sixto García González, entendiéndose con ellas las sucesivas notificaciones y diligencias, en virtud del poder presentado que, previo testimonio en autos, se le devolverá.
  Dese traslado del escrito presentado al ministerio fiscal, entregándole las copias del escrito y documentos, y cítese como dueños de la finca, colindantes doña Carmen Rodríguez Manzano, doña Clara Isabel González Alonso, “Compañía Agrícola de Trans Valdefuentes, Sociedad Limitada”, y Confederación Hidrográfica del Tajo a fin de que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga, citando a aquellos cuyo domicilio se desconoce por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Convóquese a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada por medio de edictos que se fijarán en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y del Juzgado de la finca y se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que dentro del término de diez días puedan comparecer en el expediente a los efectos expresados.
  Líbrense los edictos.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
  Asimismo, deberá acreditar la constitución en dicho plazo de depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 2674/0000/00/ (poner número de procedimiento con cuatro dígitos, anteponiendo, en su caso, los ceros necesarios, poner año del procedimiento con dos dígitos, los últimos del año), abierta en “Banesto” (clave 0030), oficina número 1096, sita en el paseo de Goya, número 2, de Móstoles, especificando en el apartado concepto el tipo de recurso, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada (disposición adicional decimoquinta, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica 1/2009).
  Así lo acuerda y firma su señoría..La secretaria (firmado).
  Y para que sirva de notificación en forma a las personas ignoradas que pudiera perjudicar la inscripción solicitada, se extiende la presente en Móstoles, a 18 de noviembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/11.933/10)</texto>
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