<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101216-87</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>HUMANES DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Humanes de Madrid. Urbanismo. Modificación puntual número 21 Normas Subsidiarias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>300</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-16-300141220100091</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/16/BOCM-20101216-87.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/16/BOCM-20101216-87.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/16/BOCM-20101216-87.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID 
 URBANISMO
 
 87 
 Modificación puntual número 21 Normas Subsidiarias 
  Al amparo de lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, esta Alcaldía mediante decreto de 8 de noviembre de 2010 ha resuelto considerar aprobada definitivamente por silencio administrativo positivo la Modificación Puntual número 21 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Humanes de Madrid, relativa a los Sectores “N, O y P”, en los mismos términos de la aprobación provisional acordada por el Pleno de la Corporación en sesión de 11 de mayo de 2007.
  Asimismo, se hace constar que figura un ejemplar de la Modificación Puntual objeto de aprobación definitiva, debidamente diligenciado para su depósito en el Registro administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del territorio de la Comunidad de Madrid, lo que se indica en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado primero del precepto citado. Todo ello se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente acuerdo pueden interponerse los recursos establecidos en la legislación vigente.
  Humanes de Madrid, a 8 de noviembre de 2010..El alcalde, Adolfo Álvarez Sojo.
  (03/46.857/10)</texto>
</documento>