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    <identificador>BOCM-20101216-53</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 2 de noviembre de 2010, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid (número de depósito 29/47)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN 
 
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 RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2010, del Director General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados de la organización denominada Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid (número de depósito 29/47). 
  Visto el escrito presentado por don Pedro Martínez Serrano, en representación de la Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid, cuyos estatutos se encuentran depositados en esta Oficina de Depósito con el número 29/47 y teniendo en cuenta los siguientes:
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Que la citada asociación presentó escrito en esta Oficina de Depósitos de estatutos el día 23 de julio de 2010 por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
  Se adjunta certificado del acta de la reunión celebrada por la asamblea general extraordinaria el día 13 de julio de 2010, en la que se acordó modificar los artículos de los estatutos 1, 8.4 y 26 de los estatutos de la Asociación, afectando dicha modificación, entre otros aspectos, a su denominación, que pasa a ser Asociación Madrileña de Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid, antes Asociación de Empresarios de Espectáculo, Salas de Fiestas, Discotecas y Ocio de la Comunidad de Madrid. El certificado del acta fue suscrito por el secretario general, don Alberto las Heras Cámara, con el visto bueno del presidente, don Pedro Martínez Serrano.
  Segundo
  Que examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, que la desarrolla.
  A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical; Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, que la desarrolla, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias y concordantes.
  Segundo
  Que del análisis de la documentación aportada se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 1.3 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del mismo texto legal.
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA
  El depósito de la modificación de los artículos 1, 8.4 y 26 de los estatutos de la Asociación de Empresarios del Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid, antes denominada Asociación de Empresarios de Espectáculo, Salas de Fiestas, Discotecas y Ocio de la Comunidad de Madrid, así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  Cualquier interesado podrá impugnar la presente Resolución ante el Juzgado de lo social de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril de 1995).
  Madrid, a 2 de noviembre de 2010..El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
  (03/44.319/10)</texto>
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