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    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 43 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 307 
 Demanda 43 de 2010 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 43 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Mar López Centoira, contra la empresa “Centro Médico Valdemoro, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 330 de 2010
  En Madrid, a 21 de junio de 2010..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña María Mar López Centoira, que comparece asistida del letrado señor Raúl Tovar Trijueque, y de otra, como demandada, “Centro Médico Valdemoro, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda presentada por doña María Mar López Centoira, contra “Centro Médico Valdemoro, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 9.138,27 euros en concepto de la demanda, más 913,82 euros en concepto de intereses.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Centro Médico Valdemoro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/44.560/10)</texto>
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