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    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 912 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 297 
 Demanda 912 de 2010 
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 912 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Cruz González Jiménez, contra la empresa “Reformas API, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, de fecha 4 de noviembre de 2010 del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña María Cruz González Jiménez, contra “Reformas API, Sociedad Limitada”, en liquidación declaro la nulidad del despido y extinguida la relación laboral con efectos de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a satisfacer a la parte actora la cantidad de 16.047,11 euros como indemnización, y de 8.030,16 euros como salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha de esta resolución.
  Condeno al Fondo de Garantía Salarial codemandado a estar y pasar por la precedente condena sin perjuicio de ulteriores responsabilidades legales que habrán de ser determinadas en el oportuno expediente.
  Advertencias a las partes
  En caso de haber tramitado prestaciones por desempleo, procederá la regularización de la prestación ante el Servicio de Empleo formulando nueva solicitud prestaciones en forma, a cuyo efecto se notificará la presente resolución a dicha gestora.
  Contra la presente sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral, procede recurso de suplicación, que deberá anunciarse, dentro de los cinco días siguientes a la notificación, mediante comparecencia ante el Juzgado o por escrito presentado en el Registro.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reformas API, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.596/10)</texto>
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