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    <titulo>Madrid número 24. Demanda 419 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 258 
 Demanda 419 de 2010 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 419 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vasil Nikolov Dimitrov, contra “Empresa de Servicios Excluidos de la Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia de fecha 5 de noviembre de 2010 siguiente:
  Sentencia número 504 de 2010
  En Madrid, a 5 de noviembre de 2010..Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 419 de 2010, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, don Vasil Nikolov Dimitrov, asistido del letrado don Francisco José Serrano Fernández, y como demandados, “Empresa de Servicios Excluidos de la Seguridad, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que citados en legal forma no comparecen, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Vasil Nikolov Dimitrov, contra “Empresa de Servicios Excluidos de la Seguridad, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro el derecho del demandante a percibir la cantidad de 6.481,85 euros por los conceptos que se dice en el hecho probado segundo de esta sentencia, así como la que corresponda en concepto de intereses, de acuerdo con lo dicho en el fundamento de derecho segundo, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta declaración y a abonar al demandante el citado importe. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Empresa de Servicios Excluidos de la Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.464/10)</texto>
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