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    <identificador>BOCM-20101216-2</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Familia y Asuntos Sociales</departamento>
    <rango>CORRECCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Regulación situación de dependencia
– Correción de errores de la Orden 627/2010, de 21 de abril, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se regulan la prestación económica vinculada al servicio o cheque servicio y la prestación económica de asistencia personal para personas en situación de dependencia de la Comunidad de Madrid</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>A) Disposiciones Generales</apartado>
    <organismo>Consejería de Familia y Asuntos Sociales</organismo>
    <tipo_disposicion>CORRECCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  A) Disposiciones Generales 
  CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES 
 
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 CORRECCIÓN de errores de la Orden 627/2010, de 21 de abril, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se regulan la prestación económica vinculada al servicio o cheque servicio y la prestación económica de asistencia personal para personas en situación de dependencia de la Comunidad de Madrid. 
  Apreciado error material en la publicación de la citada Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 102, correspondiente al día 30 de abril de 2010, páginas 71 a 80 (número de inserción 03/16.457/10), se procede a su corrección en los siguientes términos:
  .	En la página 77, en el artículo 16, apartado 1, párrafo segundo, donde dice: “la entidad colaboradora a la que se refiere el artículo 19”; debe decir: “la empresa o ­entidad a que se refiere el artículo 18”.
  Madrid, a 29 de noviembre de 2010..El Secretario General Técnico, Jesús Alejandro Vidart Anchía.
  (03/46.871/10)</texto>
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