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    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 201 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 185 
 Ejecución 201 de 2009 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 201 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Ortega Alvira, contra las empresas don Francisco José Lorenzo Blanco, “Batch PC, Sociedad Limitada”, y “Zuverlessig, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto de insolvencia parcial y de traslado para insolvencia respecto de la empresa “Zuverlessig, Sociedad Limitada”, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Acuerdo: Constando consignada la cantidad de 149,15 euros, procédase al pago de la misma para lo que expídase el correspondiente mandamiento de devolución, y se declara a la ejecutada “Batch PC, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 8.132,29 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 8.132,29 euros de principal y 1.000 euros, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la entidad ejecutada “Zuverlessig, Sociedad Limitada”, y atendiendo a los precedentes indicados en la diligencia anterior, procédase a dictar insolvencia respecto de dicha ejecutada “Zuverlessig, Sociedad Limitada”; continuando la ejecución respecto de don Francisco José Lorenzo Blanco, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274.3 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial por término de diez días para que puedan señalar, en su caso, la existencia de nuevos bienes.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Francisco José Lorenzo Blanco, “Batch PC, Sociedad Limitada”, y “Zuverlessig, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.639/10)</texto>
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