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    <fecha_publicacion>2010/12/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 42. Juicio de faltas 105 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>300</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42 
 EDICTO
 
 108 
 Juicio de faltas 105 de 2010 
  Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 105 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 105 de 2010, sobre coacciones, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: como denunciante don Pedro Antonio Fernández Blanco, y como denunciada, doña Iuliana Cecilia Ursu, conforme a las facultades de que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a doña Iuliana Cecilia Ursu de la falta por la que fue sido acusada por el denunciante, declarando de oficio las costas procesales.
  Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Iuliana Cecilia Ursu, expido la presente en Madrid, a 10 de noviembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/44.267/10)</texto>
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