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    <identificador>BOCM-20101215-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Recurso reposición</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>299</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Coordinación General de Urbanismo - Subdirección General de Régimen Jurídico - Servicio de Coordinación Jurídica - Departamento de Recursos - Unidad Técnica de Gestión - Subdirección General de Urbanismo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Coordinación General de Urbanismo
 Subdirección General de Urbanismo
 Subdirección General de Régimen Jurídico
 Servicio de Coordinación Jurídica
 Departamento de Recursos
 Unidad Técnica de Gestión
 
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 Recurso reposición 
  La coordinadora general de Urbanismo, en virtud del informe-propuesta de resolución del Departamento de Recursos, de fecha 30 de septiembre de 2010, obrante en el expediente 711/2010/16808, ha dictado con fecha 26 de octubre de 2010 la siguiente resolución:
  “Declarar inadmisible el recurso de reposición interpuesto por doña Pilar López Asenjo, contra la resolución de fecha 1 de junio de 2010 por la que se declaró la caducidad del procedimiento correspondiente al expediente 711/2009/8792 y se dispuso el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la posibilidad de incoar nuevo procedimiento.”
  Dicha resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Lo que se hace público para conocimiento de la interesada, por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido del informe-propuesta resolución en que se basa la resolución podrá ser consultado por la interesada en cualquier momento, personándose en el Departamento de Recursos de la Subdirección General de Régimen Jurídico, sito en la calle Guatemala, número 13, tercera planta.
  Madrid, a 25 de noviembre de 2010..El jefe del Departamento, Manuel Cárdenas Roldán.
  (01/5.243/10)</texto>
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